En una semana marcada por la polémica sobre la formación académica de nuestros políticos, el foco de la actualidad se ha alejado de las propuestas de introducción de nuevos impuestos que permitan afrontar con garantías el sostenimiento del gasto público. Sin embargo, no queríamos dejar pasar la ocasión de seguir analizando aspectos interesantes relacionados con una posible reforma fiscal. En este sentido, una de las propuestas que manejó el Ejecutivo de Sánchez era la introducción de un impuesto a la banca. Tras diversas correcciones, puntualizaciones y acuerdos con sus socios de Unidos Podemos no queda claro si finalmente la propuesta se llevará a cabo o en cambio sólo afectará al gravamen de las transacciones financieras.

No obstante, nos parece relevante realizar una reflexión sobre esta propuesta fiscal analizando su conveniencia y posibles repercusiones en la actividad económica.

Comenzaremos en primer lugar explicando en qué consistiría la introducción del impuesto a la banca. Aunque como decíamos no existe una propuesta formal, lo que se ha ido conociendo implicaría la introducción de un tipo de gravamen especial a las entidades de crédito dentro el impuesto de sociedades elevándolo desde el 30 % actual hasta un 38%. Por tanto, no estaríamos ante un impuesto de nueva creación, sino que se aprovecha el impuesto de sociedades para incluir una situación especial relativa a la banca. Esta introducción de distintos tipos según la actividad dentro de este tributo no es ninguna novedad. De hecho, actualmente el tipo ordinario se sitúa en el 25 %, pero existen situaciones bonificadas al 20 % (empresas de nueva creación por ejemplo) y otras gravadas en mayor medida como son las propias entidades de crédito o aquellas cuya actividad está relacionada con la explotación de hidrocarburos que pagan un 30 %. Dicho esto, conviene precisar también que el tipo de gravamen después se ve afectado por la existencia de diferentes deducciones lo que provoca que el tipo efectivo acabe descendiendo significativamente.

Una vez que sabemos conceptualmente en qué consistiría el impuesto conviene analizar distintas variables que se deben tener en cuenta a la hora de establecer cualquier tributo.

En primer lugar debemos hablar de recaudación. Cuando un gobierno establece un impuesto tiene la intención de obtener mayores recursos económicos que le permitan sostener el gasto público. Por tanto, cualquier propuesta debería partir de una estimación sobre cuánto esperamos recaudar. En el caso concreto que nos ocupa, parece que la reforma del impuesto de sociedades conllevaría un incremento de la recaudación de 1.000 millones de euros, lo que supone un 0,1 % del PIB. A priori parece una cifra relevante, sin embargo, si como parece buscamos obtener recursos finalistas para la financiación de las pensiones podríamos decir que la reforma se antoja insuficiente habida cuenta que el agujero actual del sistema de pensiones se cifra en 18.800 millones. No obstante, 1.000 millones de euros representan una cantidad importante para financiar cualquier presupuesto por lo que no deberíamos descartar la implementación del impuesto por este punto.

Sigamos avanzando, otro aspecto que debemos tener en cuenta es la influencia en la equidad de los sujetos pasivos. Nos explicamos, dentro de cualquier sistema fiscal existen dos tipos de equidad, por un lado se puede hablar de equidad horizontal (dos sujetos con la misma renta/beneficios deberían ser sometidos al mismo gravamen) y de equidad vertical (los sujetos con mayores rentas/beneficios deben soportar una mayor carga fiscal que aquellos que obtuvieran una proporción menor). Cualquier propuesta en materia impositiva debería garantizar el cumplimiento de esta doble equidad. Si atendemos a lo que denominamos como impuesto a la banca, podríamos decir que no parece lógico que las entidades de crédito sean sometidas a un gravamen superior si obtienen el mismo beneficio que una sociedad dedicada a cualquier otra actividad. Sin embargo, debemos tener en cuenta situaciones especiales representadas en el caso de la banca por la sensibilidad de su actividad. Debemos recordar en este sentido que un mal funcionamiento del sistema bancario puede desembocar en una intervención pública que garantice el sistema financiero y los ahorros de los ciudadanos. De esta manera, aunque desde el punto de vista de la equidad el impuesto no se justifica, si que podríamos tener en cuenta este último factor. En cualquier caso, conviene precisar que para asegurar el buen funcionamiento de la banca y evitar la dedicación de recursos públicos se pueden establecer mecanismos más eficaces. Estos deberían traducirse en medidas que mejoren la transparencia de la actividad bancaria o a la obligatoriedad de seguir determinados requisitos de capital que eviten situaciones como las vividas durante la crisis económica.

Por otra parte, deberíamos tener en cuenta cómo vamos a influir en la actividad económica si introducimos una variación en el impuesto. Es decir, cuando se establece un tributo al oferente de cualquier bien o servicio, este acaba variando la oferta del mismo bien subiendo el precio o reduciendo la cantidad ofertada. El caso de la banca es especialmente sensible puesto que por las características de su actividad cualquier perturbación de la oferta va a ser trasladada a sus clientes. Esto es, si introducimos cualquier modificación al alza en los tributos existentes vamos a producir que los clientes deban pagar más vía comisiones o por el interés de los créditos que solicitan. Este es un punto muy relevante porque afecta en mayor medida a los “clientes humildes” debido a que tienen menor poder de negociación con las entidades financieras y deben aceptar las condiciones que previamente les son establecidas. Por tanto, parece claro que los 1.000 millones de recaudación que esperamos recaudar van a ser repercutidos automáticamente a los clientes de las entidades financieras. Podemos apreciar aquí que la buena intención inicial del impuesto dedicado a obligar a las entidades financieras a contribuir en mayor medida al gasto común se transforma en que el sujeto efectivo del impuesto puede pasar a ser el joven que abre una cuenta de ahorros o la pareja de Cuenca que busca una hipoteca con la que financiar su vivienda.

Con todo ello lo que tratamos de exponer es que las reformas fiscales son complejas. Es lógico que un gobierno progresista busque una buena redistribución de la renta, pero el proceso debe realizarse con mucho cuidado porque de lo contrario podemos obtener un resultado diferente al deseado. No obstante, las propuestas de reforma fiscal son especialmente necesarias en un país como el nuestro que recauda poco y mal. En este sentido, añadir medidas al debate es positivo puesto que a partir de su análisis podremos lograr un sistema tributario más justo y también más eficaz.

Por Luis Javier Calvo Serrano

Soy licenciado en Economía y Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid y decidí comenzar con EcoFinancial porque me pareció una buena oportunidad donde practicar mi afición por la escritura y el análisis de la actualidad.

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